miércoles, 4 de enero de 2017

temas tributarios

Introducción 

Bienvenidos al blog que utilizare para publicar noticias relacionadas al ámbito tributario, ya que con cada cambio de gobierno también hay cambios en la política económica que estos emplean de acuerdo a los requerimientos del ciudadano, agilización en los procedimientos contables además de resolver controversias en temas específicos para cada sector económico que represente un problema legal.

Por ello he tomado este reto de crear mi blog para mantenerlos actualizados con lo ultimo en temas tributarios para estudiantes, gente que labore en este ámbito además de compartir opiniones y debate, espero les sea de mucha utilidad.





Devolución de impuestos por Internet



Según indicó la SUNAT, las personas naturales podrán encontrar en la página web de la entidad la opción para pedir la devolución de la renta correspondiente al ejercicio del 2014 siempre que tenga saldo a favor.

Esta facilidad está dirigida a los contribuyentes que alquilen bienes muebles e inmuebles (primera categoría), perciban ganancias de capital por acciones o valores (segunda categoría), así como para los que perciben rentas de trabajo por su trabajo independiente (cuarta categoría) y rentas de fuente extranjera.

El Internet nos hace la vida más fácil, ya que sin la necesidad de ir personalmente podemos realizar cualquier trámite fiscal vía página web de la SUNAT para casos tributarios para ello es recomendable seguir los siguientes pasos:

paso 1: Ingresar a la opción “Trámites y Consultas” (está en la parte superior de la web).

Paso 2: Seguidamente, ingresar su número de RUC, usuario y clave SOL.

Paso 3: Una vez en el menú SOL, deberá dirigirse a la opción Otras declaraciones y solicitudes y seleccionar la pestaña “Mis Devoluciones / Consulta de Solicitudes de Devolución”.

Paso 4: Elegir la opción de búsqueda que requiera (por fecha de presentación, periodo o número de solicitud de devolución) y completar la información solicitada.

Paso 5: El sistema le proporcionará un resumen de su solicitud de devolución y acceso a verificar el detalle de su estado de atención ingresando a la casilla que se habilitará en la columna “Resultado”.

Como vemos la SUNAT está entrando a un mundo de digitalización que a corta los procedimientos legos para resolver en los tiempos previstos según ley y así favorecer al contribuyente en su cumplimiento.

         imagen de la pagina web de la SUNAT





                             
https://www.youtube.com/watch?v=DxNSH-6_SrM

Pero si lo tuyo no es lo virtual acá te  explico paso a paso como hacerlo de forma presencial. 

1.Presentando el Formulario físico N° 4949 "Solicitud de Devolución" en las dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente de SUNAT, en original y copia.

2.Para presentar este formulario físico es necesario también estar inscrito en el RUC. El trámite es gratuito en los Centros de Servicios al Contribuyente de la SUNAT de la localidad donde fijará su domicilio fiscal.

3.El formulario N° 4949 debe estar llenado y firmado por el contribuyente o representante legal, acreditado en el RUC. Se presenta un formulario por cada periodo y tributo por el que se solicita devolución, indicando el tipo de solicitud. Y se acompaña al formulario un escrito para sustentar el pedido de devolución:

  • El tributo y el periodo (mes y año, o año) por el que se pide la devolución.
  • El código y número de orden del formulario con el que se hizo el pago.
  • La fecha del pago.
  • El cálculo del pago en exceso o indebido.
  • Los motivos o causas que originaron el pago indebido o en exceso (por ejemplo error en cálculo o error en el código del impuesto pagado).


Asimismo, se debe adjuntar copia de los documentos que tiene la persona y que sustenten el pago indebido o en exceso que se ha hecho.

El solicitante debe poner a disposición de la SUNAT, de forma inmediata o cuando sea requerido, la documentación y los registros contables correspondientes, en su domicilio fiscal o en el lugar designado por la SUNAT.


REFERENCIAS :

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