Introducción
Bienvenidos al blog que
utilizare para publicar noticias relacionadas al ámbito tributario, ya que con cada
cambio de gobierno también hay cambios en la política económica que estos
emplean de acuerdo a los requerimientos del ciudadano, agilización en los
procedimientos contables además de resolver controversias en temas específicos para cada sector económico que represente un problema legal.
Por ello he tomado este reto
de crear mi blog para mantenerlos actualizados con lo ultimo en temas tributarios
para estudiantes, gente que labore en este ámbito además de compartir opiniones
y debate, espero les sea de mucha utilidad.
Según indicó la SUNAT, las personas naturales podrán
encontrar en la página web de la entidad la opción para pedir la devolución de
la renta correspondiente al ejercicio del 2014 siempre que tenga saldo a favor.
Esta facilidad está dirigida a los contribuyentes que
alquilen bienes muebles e inmuebles (primera categoría), perciban ganancias de
capital por acciones o valores (segunda categoría), así como para los que
perciben rentas de trabajo por su trabajo independiente (cuarta categoría) y
rentas de fuente extranjera.
El Internet nos hace la vida
más fácil, ya que sin la necesidad de ir personalmente podemos realizar
cualquier trámite fiscal vía página web de la SUNAT para casos tributarios para
ello es recomendable seguir los siguientes pasos:
paso 1: Ingresar a la opción
“Trámites y Consultas” (está en la parte superior de la web).
Paso 2: Seguidamente, ingresar
su número de RUC, usuario y clave SOL.
Paso 3: Una vez en el menú
SOL, deberá dirigirse a la opción Otras declaraciones y solicitudes y seleccionar
la pestaña “Mis Devoluciones / Consulta de Solicitudes de Devolución”.
Paso 4: Elegir la opción de
búsqueda que requiera (por fecha de presentación, periodo o número de solicitud
de devolución) y completar la información solicitada.
Paso 5: El sistema le
proporcionará un resumen de su solicitud de devolución y acceso a verificar el
detalle de su estado de atención ingresando a la casilla que se habilitará en
la columna “Resultado”.
Como vemos la SUNAT está
entrando a un mundo de digitalización que a corta los procedimientos legos para
resolver en los tiempos previstos según ley y así favorecer al contribuyente en
su cumplimiento.
imagen de la pagina web de la SUNAT
Pero si lo tuyo no es lo virtual acá te explico paso a paso como hacerlo de forma
presencial.
1.Presentando el Formulario físico N° 4949 "Solicitud de
Devolución" en las dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente de
SUNAT, en original y copia.
2.Para presentar este formulario físico es necesario también
estar inscrito en el RUC. El trámite es gratuito en los Centros de Servicios al
Contribuyente de la SUNAT de la localidad donde fijará su domicilio fiscal.
3.El formulario N° 4949 debe estar llenado y firmado por el
contribuyente o representante legal, acreditado en el RUC. Se presenta un
formulario por cada periodo y tributo por el que se solicita devolución,
indicando el tipo de solicitud. Y se acompaña al formulario un escrito para
sustentar el pedido de devolución:
- El tributo y el periodo (mes y año, o año) por el que se pide la devolución.
- El código y número de orden del formulario con el que se hizo el pago.
- La fecha del pago.
- El cálculo del pago en exceso o indebido.
- Los motivos o causas que originaron el pago indebido o en exceso (por ejemplo error en cálculo o error en el código del impuesto pagado).
Asimismo, se debe adjuntar copia de los documentos que
tiene la persona y que sustenten el pago indebido o en exceso que se ha hecho.
El solicitante debe poner a disposición de la SUNAT, de
forma inmediata o cuando sea requerido, la documentación y los registros
contables correspondientes, en su domicilio fiscal o en el lugar designado por
la SUNAT.
GESTION. (2 de enero de 2017). Obtenido de
http://gestion.pe/tu-dinero/cinco-pasos-consultar-estado-su-solicitud-devolucion-impuestos-internet-2178650
SUNAT. (s.f.). Obtenido de
http://www.sunat.gob.pe/mapaweb/mapa_tramites_linea.html



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